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Aplicar fitosanitarios en un país con reglas dispares

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Aplicar fitosanitarios en un país con reglas dispares

Normativas provinciales y municipales regulan la actividad mientras se debate una ley a nivel nacional.

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Lucía Cuffia

Editora

Publicado en Diciembre 2025

Hoy no existe una ley de aplicaciones fitosanitarias a nivel nacional en Argentina, sino que la actividad está regulada por normativas provinciales y municipales, lo que configura un escenario complejo y fragmentado.

Las distancias de las zonas de exclusión (en las que no se puede aplicar ningún tipo de producto) van desde 0 metros hasta 5000 metros en algunos casos, sin una base científica que las respalde. Esta variabilidad genera conflictos entre municipios vecinos, superposición de restricciones y dificultades operativas para quienes deben cumplirlas.

En este contexto, y tras más de siete años de trabajo técnico, en octubre de 2025 se presentó ante el Congreso de la Nación el proyecto de Ley de Presupuestos Mínimos para la Aplicación de Productos Fitosanitarios. La iniciativa fue impulsada por la Red de Buenas Prácticas Agrícolas y consensuada por más de 90 instituciones del agro, con el objetivo de establecer un marco regulatorio nacional claro, basado en evidencia científica y criterios sustentables.

Para analizar el estado de situación de las regulaciones en Argentina, hablamos con Federico Elorza, coordinador técnico de la Cámara de Sanidad Agropecuaria y Fertilizantes (Casafe).

“Debemos partir de la base de que no hay una ley de aplicaciones de fitosanitarios en nuestro país, sino leyes provinciales y ordenanzas municipales que, en su mayoría, imponen prohibiciones o restricciones y establecen zonas de exclusión”, explica Elorza. “El problema es que esas distancias van desde 0 metros en algunos lugares hasta 3000 o 5000 metros en otros, y cuando uno analiza cómo se definieron, ninguna tiene una base científica sólida”.

Según el especialista, el proyecto de ley apunta no solo a ordenar el criterio de las distancias, sino también a definir con mayor precisión el ordenamiento territorial. “Establecer claramente cuáles son las zonas urbanas, periurbanas y rurales, y también lo que llamamos zonas de amortiguamiento, donde se puede aplicar con determinadas restricciones, como la presencia de un fiscalizador o el registro de las máquinas”, señala.

El especialista de Casafe insiste en la importancia de que las distancias de exclusión sean “lógicas” y sustentadas científicamente. “Nosotros hicimos más de 40 jornadas de aplicación en las que medimos deriva y otros parámetros, y la distancia que recomendamos es de 10 metros para equipos terrestres y de 45 metros para equipos aéreos, como zonas donde no se debería aplicar”, detalla.

Este punto no es menor en un contexto donde muchas ordenanzas avanzan sin contemplar cómo se aplica realmente en el lote:

Acá la tecnología es clave. Hoy los equipos permiten visualizar remotamente donde están trabajando, registrar la velocidad de avance, los volúmenes aplicados y las condiciones meteorológicas. Contar con esa información, incluso de manera posterior a la aplicación, ayuda a mejorar las prácticas y también a fiscalizar ante posibles denuncias o accidentes”, afirma.

Un mosaico normativo que complica el trabajo diario

Ante la falta de una ley nacional, las normativas provinciales y municipales suelen ser muy heterogéneas. Sin embargo, existe cierta articulación con las regulaciones de registro de productos que establece Senasa, puntualmente a través de la Resolución 458/2025 (ex 350), que define bandas toxicológicas y aporta información técnica clave. “Ese marco suele ser tomado como referencia por provincias e incluso algunos municipios al momento de elaborar sus ordenanzas”, explica Elorza.

Algunas regulaciones, por ejemplo, combinan zonas de exclusión total con franjas donde solo se permite aplicar productos banda verde, de clasificación toxicológica 4. Esa clasificación toma como base las categorías definidas por Senasa.

Este entramado normativo impacta de manera directa sobre los prestadores de servicios/contratistas, responsables de aproximadamente el 75% de las aplicaciones que se realizan en el país. “Estos prestadores tienen la obligación de conocer y cumplir cada normativa local en la que trabajan, y sin duda su tarea se simplificaría muchísimo si existiera un marco nacional unificado”, sostiene el referente de Casafe.

Por otro lado, las diferencias entre jurisdicciones generan situaciones complejas: “Puede pasar que un lote esté habilitado para aplicar según la ordenanza de un municipio, pero que la distancia de exclusión establecida por el municipio vecino invada ese mismo lote y lo deje fuera”, ejemplifica Elorza. A esto se suman los distintos requisitos administrativos, como registros de aplicación y recetas agronómicas, que varían entre provincias y municipios.

Drones, una tecnología en expansión que todavía busca su marco regulatorio

Entre Ríos es, hasta el momento, la única provincia que incorporó de manera explícita a los drones de aplicación dentro de su normativa. La incorporación se dio en un contexto de rápido avance tecnológico, mientras continúa el proceso de generación de información técnica específica.

Si bien se trata de una tecnología eficiente, todavía existen desafíos y aspectos que requieren más estudios. “Con un dron logro que las gotas lleguen al destino y hago control de la adversidad, pero también hay un porcentaje que se pierde y deriva. Falta estudiar mucho”, señala Elorza.

En ese marco, subraya la necesidad de capacitación específica y de adecuación normativa. “Es clave que los aplicadores con drones hagan el curso y saquen tanto la licencia de aplicador como la de piloto. Ya existe una regulación nacional, la Resolución 550 de ANAC, que regula el uso de drones, pero las provincias deben adaptar sus legislaciones para poder fiscalizar correctamente este tipo de aplicaciones”, explica.

Aun con estos desafíos, el especialista destaca la rápida adopción de la tecnología en el país: “Habla de la enorme capacidad del productor argentino para incorporar innovación. Hay mucha necesidad de ir hacia ese lado, pero también una necesidad creciente de investigación para mejorar su uso”.


Capacitación, planificación y distancias con base científica

Consultado sobre los puntos críticos que deberían tener en cuenta los municipios al elaborar ordenanzas, Elorza es contundente: la base debe ser información científica sólida. “Hoy muchos municipios establecen distancias tan elevadas que terminan dejando sin superficie de aplicación a productores linderos, y eso también afecta al propio municipio”.

La comparación con otros países refuerza su planteo: “En Europa, Estados Unidos, Canadá o Australia, las distancias de exclusión no superan los 20 metros. No es que la población sea menos importante que en Argentina, sino que se trabaja con la tecnología adecuada y con control”, afirma.

Para Elorza, la capacitación es el punto de partida: “Para cualquier tipo de aplicación es fundamental capacitarse. Hoy las máquinas tienen tanta tecnología que el aplicador tiene que saber manejar una computadora, regular el equipo y adaptarse todo el tiempo”.

A esto se suma la necesidad de planificación territorial: “Muchos municipios no delimitan claramente dónde termina la zona urbana y dónde comienza la rural. Con reglas claras y una planificación a largo plazo, se evitarían muchos problemas”.


Comunicación, control y convivencia: el otro eje de la regulación

Más allá de los aspectos técnicos y normativos, Elorza destaca la comunicación como una herramienta clave para reducir tensiones. “Es fundamental armar espacios de trabajo multidisciplinarios, donde estén el campo, los prestadores, el municipio y la sociedad, todos conversando”, plantea.

Desde su experiencia recorriendo municipios, asegura que el diálogo previo a una aplicación puede resolver numerosos conflictos. “Si tengo que aplicar cerca de una escuela, lo primero que tengo que hacer es comunicarme. Decir: ‘voy a hacer una aplicación, ¿cuándo no están los chicos?’. Esa simple coordinación evita muchos problemas”, ejemplifica.

En esa línea, destaca el rol de los veedores o fiscalizadores municipales, una figura que comenzó a implementarse en varias localidades: “Que haya una persona que represente al municipio y a la población, que esté presente y controle que se cumplan los parámetros durante la aplicación, trajo muchas soluciones”.

Todos estos aspectos -distancias con base científica, capacitación, planificación territorial, comunicación y control- están contemplados en el proyecto de Ley de Presupuestos Mínimos. “La ley no uniformiza todo, pero marca un rumbo y establece un marco”, resume Elorza. En un país federal, aclara, las provincias podrán ser más restrictivas, pero contar con una referencia nacional permitiría ordenar un escenario hoy fragmentado y complejo.


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